Isidro Braillard Poccard - Se aprobaron sanciones más duras para los boliches que corten el agua de los baños
A partir de hoy, los espacios de entretenimientos públicos que interrumpan el servicio de agua corriente recibirán multas que llegan a los $4.500 y/o clausuras por 180 días. Así lo impuso esta mañana el Honorable Consejo Deliberante de la ciudad de Rosario, tras la propuesta presentada por el Concejal del ARI, Carlos Comi, que consistía en incrementar los castigos al incumplimiento de la ordenanza municipal Nº: 2783.
Lo que se busca con esta resolución es que lugares con acceso al público, garanticen a sus clientes las condiciones mínimas para la hidratación y el aseo personal. Y que quienes no lo hagan sean sancionados duramente.
Durantes una entrevista realizada por un periodista de “Rosario al día” el Concejal Comi declaró: “Nosotros tenemos totalmente chequeado a través de los jóvenes que esta conducta existe, por eso la ordenanza fue aprobada, y bueno, ahora esta ya tipificada la conducta y si se da, habrá que sancionarla”. A diferencia de lo que estaba vigente antes de está modificación, el funcionario de la Coalición Cívica aclaró que estos castigos no estaban plasmados en la ordenanza y ahora ya lo están.
Al mismo tiempo la alteración de la ordenanza, es una forma de respuesta a las numerosas denuncias realizadas por ciudadanos rosarinos y agrupaciones como el CePEL (Centro de Participación para la Elaboración Legislativa), que evidencian que en estos lugares se producen grandes desgastes físicos y el hecho de no contar con el fácil acceso a la hidratación es un atentado contra la salud pública.
Desde ahora, con la modificación del punto 602.15 del Articulo 1º del Libro VI de la Ordenanza Nº 2.783, se estableció concretamente que aquéllos establecimientos que interrumpan, de forma ocasional o permanente, el suministro de agua potable, serán sancionados con multas de $900 a $3000 y/o clausura hasta 90 días. En caso de reincidencia, será sancionado con multa de $1.000 a $4.500 y clausura hasta 180 días.
Editado por Sebastián Bonifacino a las 06:32 PM | Palabras: [ 315 ]
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